Análisis de Colisión de Principios y Confianza Legítima Frente al Derecho Público

  • Iván Rodríguez-Lara Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco
  • Luisa Tamayo-Álvarez Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco
  • Kathy Valencia-Peluf Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco

Abstract

El presente trabajo tiene como objetivo explicar
los lineamientos jurisprudenciales entorno a la
colisión de los principios de confianza legítima y
espacio público, asumiendo como el espacio
público es excluyente con el principio de confianza
legítima, partir de los análisis desarrolladas por la
Corte Constitucional Colombiana, por otro parte se
abordará el estudio de la Teoría de los Principios
propuesta por Robert Alexis y como los jueces
constitucionales en sus jurisprudencias aplicaron
la ponderación de principios para resolver esa
colisión que se presenta entre estos dos principios
consagrados en nuestra Carta Política; la revisión
de ordenamiento jurídico de menor rango
(Códigos, Leyes Colombianas).

References

Alcaldía mayor de Bogotá. (2016). Peñalosa ha

liderado 150 operativos para recuperar el espacio

público en Bogotá. Recuperado en:

http://www.bogota.gov.co/content/temas-deciudad/gobiernoseguridad-yconvivencia/penalosa-ha-liderado-150-

operativos-para-recuperar-espacio-publico

García, D. (2015). Espacio público y comercio en

la ciudad contemporánea. Dearq. Revista de

Arquitectura (17). Universidad de los Andes.

Recuperado en:

https://revistas.uniandes.edu.co/doi/ref/10.18389/

dearq17.2015.02

Alcaldía mayor de Bogotá. (2017). Más de 3.000

vendedores informales han aceptado los planes de

reubicación de la Alcaldía Peñalosa. Recuperado

en: http://bogota.gov.co/content/temasdeciudad/desarrollo-economico/mas-de-3000-

vendedores-informales-han-aceptado-planesdereubicacion-de-alcaldia

Ardila, I, Hoyos, O y Sabogal, D, (2010). Las

prácticas de mercadeo intuitivo en el turismo

popular. Perfiles Libertadores, 19 (33), p.131-153.

Borja, H., Barreto, I. y Sánchez, V. (2008).

Actitudes del vendedor ambulante de la localidad

de Chapinero frente a sus condiciones laborales y

políticas. Diversitas: Perspectivas en Psicología,

(2), 279-290.

Camargo, D. (2005). Actividades económicas

informales y tributación, p.75.Edición electrónica

a texto completo en

www.eumed.net/libros/2005/dfch-eva/

Caldas, S. (2010). Nivel de disposición de los

vendedores ambulantes para la formalización de

sus negocios en la ciudad de Bogotá D.C (Tesis de

pregrado). Universidad pontificia Javeriana.

Bogotá, Colombia.DANE. (2017). Boletín técnico. Medición de

empleo informal y seguridad social: trimestre

móvil marzo-mayo de 2017. Recuperado en:

https://www.dane.gov.co/files/investigaciones/bol

etines/ech/ech_informalidad/bol_ech_informalida

d_ mar17_may17.pdf

Castillo, L. (2005). ¿Existen los llamados

conflictos entre los Derechos fundamentales?

Cuestiones constitucionales Revista mexicana de

derecho constitucional. 1(12). p.1-4.

PARRA, O. (2006). De la ciudadanía autoritaria a

una ciudadanía social diferenciada y participativa.

Apuntes sobre el debate vendedores ambulantesespacio público. Revista Estudios Políticos, 28, pp.

PIÑA, A. (2010). Politización de las ventas

ambulantes en Bogotá. Universidad Católica de

Colombia Revista de Arquitectura, 12, 4-16.

ROCHA, R, Sánchez, F, García, L. (2009). Ventas

callejeras y espacio público: efectos sobre el

comercio en Bogotá. Revista Desarrollo y

sociedad, p.245-268.

https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornor

mativo/norma.php?i=1175

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/based

oc/codigo_sustantivo_trabajo.html

www.constitucioncolombia.com › titulo-2 ›

capitulo-3 › articulo-82

Corte Constitucional, Sala quinta de revisión (16

de marzo de 1995) Sentencia T-115 de 1995. (M.P

José Gregorio Hernández Galindo).

Corte Constitucional, Sala séptima de revisión (25

de agosto de 1997) Sentencia T- 398 de 1998 (M.P.

Alejandro Martínez Caballero).

Corte Constitucional, Sala primera de revisión (3

de septiembre de 1993) Sentencia T- 372 de 1993

(M.P Jorge Arango Mejía).

Corte Constitucional, Sala octava de revisión (29

de abril de 1996) Sentencia T-160 de 1996 (M.P.

Fabio Morón Díaz).Corte Constitucional, Sala octava de revisión (20

de agosto de 2003) Sentencia T-722 de 2003 (M.P.

Álvaro Tafur Galvis).

Corte Constitucional, Sala séptima de revisión (2

de noviembre de 2012) Sentencia T- 904 de 2012

(M.P. Jorge Ignacio Pretelt).

Corte Constitucional, Sala séptima de revisión (26

de marzo de 2012) Sentencia T-244 de 2012 (M.P.

Jorge Ignacio Pretelt).

Corte Constitucional, Sala Plena de la Corte

Constitucional (09 de agosto de 2005) Sentencia C

– 818 de 2005 (M.P. Rodrigo Escobar Gil).

Corte Constitucional, Sala séptima de revisión (25

de septiembre de 2007) Sentencia T-773 de 2007

(M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).

Corte Constitucional, Sala tercera de revisión (4 de

septiembre de 2003) Sentencia - 772 de

(M.P. Manuel José Cepeda Espinosa).

Published
2020-08-18
Section
Artículos

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