La Extensión del Principio de Solidaridad y la Justicia Material como Sustentos para Imponer Alimentos Pos-Ruptura de Relación Sentimental en el Ordenamiento Jurídico Colombiano

  • Daniel Vargas-Porras Universidad Libre Sede Cartagena
Palabras clave: Familia, principio de solidaridad, justicia material, pos-ruptura.

Resumen

La presente investigación en curso tiene como objetivo analizar que según lo estipulado en el código civil colombiano, se deben alimentos a quienes ostenten alguna de las calidades que este consagra en su artículo 411, entre ellos a quien ostente la calidad de cónyuge, situaciones extendida a compañeros permanentes por pronunciamiento jurisprudencial, en donde dada la situación fáctica y jurídica en la que se encuentra, mal haría el legislador en no incluirlos entre las personas a las cuales por ley se les debe otorgar la prestación comentada; pero al no ser la ley la única fuente de derecho, entra la jurisprudencia a jugar un papel fundamental en el desarrollo de distintos desafíos jurídicos, sobre todo cuando de relaciones familiares se trata, al extender el alcance del principio de solidaridad a un momento en que no se tiene ninguna de las calidades contenidas en el aparte comentado, para lo cual se realiza el abordaje de la única sentencia de la Corte suprema de justicia Colombiana, donde otorga alimentos pos ruptura de la relación sentimental, y el manejo que se le ha dado a la temática en otros países distintos a Colombia, para concluir que con base en el principio de la solidaridad se pueden hacer extensiones a lo legalmente establecido.

Citas

Botero Andrés, “La metodología documental en la investigación jurídica: alcances y perspectivas”. En: Opinión Jurídica, No. 4, Medellín: Universidad de Medellín, 2003; pp. 114-115.

Constitución Política Colombiana, promulgada en 1991.

Código Civil Colombiano.

Código Civil Español.

Corte Suprema de Justicia, sala civil, (4 de Junio de 2019). STC6975-2019. Obtenido de https://2019.vlex.com/#search/jurisdiction:CO/1 1001-02-03-000-2019-0059100/WW/vid/820342349

Ley No. 29.994, entró en vigencia el 1 de agosto de 2015, el nuevo Código Civil y Comercial de la nación argentina.

López Medina Diego, El Derecho de los jueces, 2006. Editorial universidad de los Andes.

Publicado
2020-08-18
Sección
Artículos

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